Por: Sara Santajuana, Marketing Manager en Addalia
En las entregas anteriores de esta serie de posts hemos hablado sobre qué es compliance, KYC (Know Your Customer) y onboarding digital de clientes, así como de la relación que existe entre los tres conceptos y la aportación que la tecnología puede hacer para agilizar este proceso. En esta ocasión vamos a centrarnos en aclarar a quién afecta el KYC.
Aunque las entidades financieras son las que más tiempo llevan adaptando sus procesos a la supervisión KYC exigida por la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, la lista de sujetos obligados es mucho más extensa. Los detallamos a continuación:
- Las entidades de crédito (ICO, Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito, Establecimientos Financieros de Crédito, Entidades de Dinero Electrónico).
- Las entidades aseguradoras y corredores autorizadas para operar en el ramo de vida u otros servicios relacionados con inversiones.
- Las empresas de servicios de inversión.
- Las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y las sociedades de inversión.
- Las entidades gestoras de fondos de pensiones.
- Las sociedades gestoras de entidades de capital-riesgo y las sociedades de capital riesgo.
- Las sociedades de garantía recíproca.
- Las entidades de pago.
- Las personas que ejerzan profesionalmente actividades de cambio de moneda.
- Los servicios postales respecto de las actividades de giro o transferencia.
- Las personas dedicadas profesionalmente a la intermediación en la concesión de préstamos o créditos.
- Los promotores inmobiliarios y quienes ejerzan profesionalmente actividades de agencia en la compraventa de bienes inmuebles.
- Los auditores de cuentas, contables externos o asesores fiscales.
- Los notarios y los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.
- Los abogados, procuradores u otros profesionales independientes cuando participen en la concepción, realización o asesoramiento de operaciones relativas a bienes inmuebles, fondos, valores, activos cuentas corrientes, cuentas de ahorros, gestión de empresas o fideicomisos («trusts»), sociedades o estructuras análogas.
- Las personas que con carácter profesional presten los siguientes servicios a terceros: constituir sociedades u otras personas jurídicas; ejercer funciones de dirección o secretaría de una sociedad, socio de una asociación; facilitar un domicilio social o una dirección comercial, postal, administrativa; ejercer funciones de fideicomisario; o ejercer funciones de accionista por cuenta de otra persona.
- Los casinos de juego.
- Las personas que comercien profesionalmente con joyas, piedras o metales preciosos.
- Las personas que comercien profesionalmente con objetos de arte o antigüedades.
- Las personas que ejerzan profesionalmente actividades en la contratación de bienes con oferta de restitución del precio.
- Las personas que ejerzan actividades de depósito, custodia o transporte profesional de fondos o medios de pago.
- Las personas responsables de la respecto de las operaciones de pago de premios. gestión, explotación y comercialización de loterías u otros juegos de azar.
- Las personas físicas que realicen movimientos de medios de pago de declaración obligatoria.
- Las personas que comercien profesionalmente con bienes por importe superior a 15.000 €.
- Las fundaciones y asociaciones.
- Los gestores de sistemas de pago y de compensación y liquidación de valores y productos financieros derivados, así como los gestores de tarjetas de crédito o débito emitidas por otras entidades.
Así, todas estas entidades necesitan disponer de registros fehacientes que confirmen quienes son sus clientes y cuál es la naturaleza de sus relaciones comerciales e ingresos. Para ello, las compañías afrontan el reto de maximizar las tasas de conversión y minimizar los riesgos financieros y penales en el onboarding digital de sus clientes.
Las tecnologías de verificación documentos e identidades automáticamente, como las de Addalia, permiten la captura de datos, automatización de procesos de información y aportar en segundos, el resultado de la validación de documentos e identidad automáticas, realizadas online y desde cualquier dispositivo. Esta funcionalidad se realiza de forma transparente (vía APIs y servicios web) en los interfaces de adquisición de clientes, que tomarán decisiones informadas y seguras en segundos, bien para confirmar la operación, bien para alertar al cliente o la entidad de los riesgos e incumplimientos detectados en la misma.
Iddiligence, la solución de validación de datos, documentos e identidad de tus clientes digitales
Estas validaciones, que habitualmente se realizan online en los procesos de onboarding digital de clientes, también pueden realizarse a posteriori, en procesos automatizados de backoffice, para auditar la calidad de los datos disponibles en los registros de la entidad. Así, se obtienen rápida y automáticamente, informes exhaustivos que informan de los niveles de:
- Existencia de los datos: Comprobar que los datos y documentes existen en el sistema.
- Completitud de los datos: Comprobar que la información que contienen es completa.
- Exactitud de los datos: Comprobar que la información es exacta.
- Certidumbre de los datos: Comprobar la certidumbre de la información (usualmente con comprobaciones contra datos internos o terceros de confianza).
Así, el cumplimiento de los requisitos legales, que inicialmente podrían considerarse una carga operativa y un freno en la adquisición de clientes, puede convertirse con el uso de la tecnología adecuada, en una fuente de información valiosa para la entidad y sus clientes y un soporte importante para mejorar la calidad del servicio percibida por los clientes.